Un tribunal federal instruyó reponer el procedimiento legal para determinar de nueva cuenta si se debe o no conceder la prisión domiciliaria a Elba Esther Gordillo, en el juicio iniciado por delincuencia organizada y lavado de dinero.
La magistrada Isabel Porras Odriozola, titular del Tercer Tribunal Unitario Penal de la Capital, instruyó a su colega Luis Pérez de la Fuente, del Primer Tribunal Unitario Penal, purgar los vicios de motivación y fundamentación en el fallo donde el pasado 23 de septiembre negó la prisión domiciliaria a la maestra y, con libertad de criterio, que resuelva de nueva cuenta sobre ese beneficio.
Esto, luego de que Porras resolviera el amparo indirecto 48/2015.
La magistrada estimó que Pérez de la Fuente hizo una interpretación y aplicación incorrecta del artículo 55 del Código Penal Federal, que prevé los requisitos legales para el beneficio mencionado, pues no aplicó un criterio de interpretación de los derechos humanos por las consideraciones especiales que deben recibir los adultos mayores como lo es Elba, de parte de las autoridades que administran justicia.
“Es importante precisar que el amparo otorgado no conduce en automático a autorizar la prisión preventiva domiciliaria solicitada por la defensa jurídica de la quejosa, sino únicamente establece la interpretación que se debe dar a la normatividad que dispone los requisitos legales para el otorgamiento de la medida.
“Por ello, una vez que cause ejecutoria la sentencia, bajo esa nueva interpretación corresponderá al Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito resolver en definitiva sobre la prisión preventiva domiciliaria de Gordillo Morales”, dijo el Consejo de la Judicatura Federal.
El pasado 23 de septiembre, el magistrado Pérez de la Fuente negó la prisión domiciliaria a la maestra, con el argumento de que Elba no había cumplido los 70 años de edad cuando fue procesada.
El fallo de la magistrada dictado hoy aún puede ser impugnado mediante el recurso de revisión ante un tribunal colegiado, para lo cual la PGR tiene un plazo de 10 días a partir de la notificación del resolutivo.
Si el tribunal colegiado confirma este amparo, el expediente volverá a Pérez de la Fuente, quien puede conceder o negar la prisión domiciliaria.
Si el magistrado vuelve a negarle el beneficio, Gordillo nuevamente tendrá la posibilidad de presentar un amparo; si se lo conceden, tampoco se irá de inmediato a su casa.
Esto porque tiene un juicio por una modalidad grave de defraudación fiscal que le impide la libertad provisional, lo que obligaría a tramitar su solicitud de prisión domiciliaria ante el juzgado responsable de esa causa.
Gordillo se encuentra internada en el hospital privado María José Roma de la Ciudad de México, luego de que un juzgado federal suspendiera su regreso a la Torre Médica del Penal de Tepepan, porque aparentemente no cuenta con los equipos y atención necesaria para los males de salud que la aquejan.