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Sentencia irrisoria para homicida

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  • Una persona es sentenciada por delito de homicidio cometido en riña

Una persona es sentenciada a tres años, cuatro meses de pena privativa de libertad por el delito de homicidio cometido en riña con carácter de provocado.

El juez de control del tercer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Santos Alfredo May Tinal, presidió la audiencia en la que explicó y leyó la sentencia de José F. U. P., después de que el pasado 5 de enero las partes procesales solicitaran la apertura de un procedimiento abreviado.

El juez May Tinal le impuso la pena privativa de libertad, solicitada por los fiscales, de tres años cuatro meses, se le condenó al pago a la reparación del daño por la cantidad de $1,369,696.80 pesos, se le amonestó y le concedió un sustitutivo de sanción consistente en 498 horas de trabajo a favor de la comunidad, este último previo pago de la reparación del daño.

Una vez que quede firme la sentencia será remitido al juez de ejecución de sentencias del Poder Judicial del Estado.

Los hechos, según los fiscales, ocurrieron el 31 de mayo de 2015, aproximadamente a las 20.45 horas, cuando el ahora sentenciado en compañía de otras personas y con motivo de un mitin político, se encontraba en la calle 21 entre 30 y 32 de la localidad de Peto y debido a una riña, accionó un arma de fuego privando de la vida una persona.

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